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Salario mínimo legal mensual en Colombia: Resumen Histórico
Empresas - Noticias
Martes, 29 de Diciembre de 2020 10:00

Billetes de Colombia

Bogotá.─ Para 2021 se aprobó el nuevo salario mínimo legal mensual vigente para Colombia. A partir del 1 de enero de 2021 se establece un incremento de 3.5 por ciento, para quedar mensualmente en 908 mil 526 pesos, más el subsidio de transporte de 106 mil 454 pesos. [Histórico del Salario en Colombia]

  • En total los trabajadores recibirán en 2021 en Colombia $1.014.980 sumados el salario mínimo más el subsidio del transporte ($908.526 + $106.454).
  • El incremento en el salario mínimo mensual fue de 30.723 pesos (incremento 3.5%). 
  • El incremento en el subsidio de transporte fue de 3.600 pesos (incremento 3.5%).   
  • El salario integral es 10 veces el salario mínimo más el 30 por ciento de carga prestacional: $11.810.838 para 2021. 

Reajuste para 2021
El gobierno del Presidente Iván Duque Márquez y el Ministerio del Trabajo anunciaron que el salario mínimo legal mensual que regirá a partir del 1 de enero de 2021 para los trabajadores del sector urbano (públicos y particulares) es de 908.526 pesos, con un incremento de 30.723 pesos, que equivale a 3.5 por ciento. Además se estableció en 106.454 pesos el auxilio de transporte para los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos veces el salario mínimo legal mensual vigente, que equivale a un incremento de 3.600 pesos, que corresponde a 3.5 por ciento.

El salario mínimo y el nuevo subsidio de transporte para 2021 se establecieron mediante los decretos No. 1785 y 1786 con fecha de 29 de diciembre de 2020, firmados por el presidente de la República, Iván Duque Márquez y los Ministros del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez y de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

El salario integral en Colombia para 2021 es de $11.810.838, valor que corresponde a la suma de 10 salarios mínimos mensuales, más un 30 por ciento de carga prestacional equivalentes a tres salarios mínimos, tal como lo establece la ley 50 de 1990 y el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), el cual compensa la retribución por el trabajo ordinario más el valor correspondiente a prestaciones, beneficios y recargos tales como las horas extras, el trabajo nocturno, las primas legales y extralegales, las cesantías e intereses, los subsidios y suministros en especie, pero no se incluyen las vacaciones

Histórico del Salario Mínimo Legal en Colombia [En paréntesis el nombre del Presidente de turno]
Salario Mínimo Sector Urbano y Sector Rural 
1-Enero-1920 $60 (Rural $60) [Marco Fidel Suárez]
1-Octubre-1956 $135, incremento 125.0% (Rural $96) ~ Aumento Urbano $75 [Gustavo Rojas Pinilla]
1-Julio-1957 $155, incremento 15.1% (Rural $110) ~ Aumento Urbano $20 [Junta Militar]
1-Mayo-1960 $198, incremento 27.4% (Rural $132) ~ Aumento Urbano $43 [Alberto Lleras Camargo]
1-Enero-1962 $219, incremento 10.6% (Rural $153) ~ Aumento Urbano $21 [Alberto Lleras Camargo]
1-Agosto-1962 $300, incremento 37.0% (Rural $210) ~ Aumento Urbano $81 [Alberto Lleras Camargo]
1-Enero-1963 $420, incremento 40.0% (Rural $270) ~ Aumento Urbano $120 [Guillermo León Valencia]
1-Agosto-1969 $519, incremento 23.6% (Rural $300) ~ Aumento Urbano $99 [Carlos Lleras Restrepo]
13-Abril-1972 $660, incremento 27.2% (Rural $390) ~ Aumento Urbano $141 [Misael Pastrana Borrero]
1-Enero-1974 $900, incremento 36.4% (Rural $690) ~ Aumento Urbano $240 [Misael Pastrana Borrero]
8-Noviembre-1974 $1.200, incremento 33.3% (Rural $1.020) ~ Aumento Urbano $300 [Alfonso López Michelsen]
1-Agosto-1976 $1.560, incremento 30.0% (Rural $1.320) ~ Aumento Urbano $360 [Alfonso López Michelsen]
1-Enero-1977 $1.770, incremento 13.5% (Rural $1.500) ~ Aumento Urbano $210 [Alfonso López Michelsen]
1-Agosto-1977 $1.860, incremento 5.1% (Rural $1.590) ~ Aumento Urbano $90 [Alfonso López Michelsen]
1-Noviembre-1977 $2.340, incremento 25.98% (Rural $2.010) ~ Aumento Urbano $480 [Alfonso López Michelsen]
1-Mayo-1978 $2.580, incremento 10.3% (Rural $2.205) ~ Aumento Urbano $240 [Alfonso López Michelsen]
2-Enero-1979 $3.450, incremento 33.7% (Rural $3.150) ~ Aumento Urbano $870 [Julio César Turbay]
2-Enero-1980 $4.500, incremento 30.4% (Rural $4.200) ~ Aumento Urbano $1.050 [Julio César Turbay]
2-Enero-1981 $5.700, incremento 26.7% (Rural $5.310) ~ Aumento Urbano $1.200 [Julio César Turbay]
2-Enero-1982 $7.410, incremento 30.0% (Rural $7.020) ~ Aumento Urbano $1.710 [Julio César Turbay]
2-Enero-1983 $9.261, incremento 25.0% (Rural $8.775) ~ Aumento Urbano $1.851 [Belisario Betancur Cuartas]
2-Enero-1984 $11.298, incremento 22.0% (Rural $10.785, hasta junio de 1984) ~ Aumento Urbano $2.037 [Belisario Betancur Cuartas]

Salario Mínimo Sector Urbano y Sector Rural: Iguales desde julio de 1984 
1985 $13.558, incremento 20.0% ~ Aumento $2.260 [Belisario Betancur Cuartas]
1986 $16.811, incremento 24.0% ~ Aumento $3.253 [Belisario Betancur Cuartas]
1987 $20.510, incremento 22.0% ~ Aumento $3.699 [Virgilio Barco Vargas]
1988 $25.637, incremento 25.0% ~ Aumento $5.127 [Virgilio Barco Vargas]
1989 $32.560, incremento 27.0% ~ Aumento $6.923 [Virgilio Barco Vargas]

Desde 1990 hay subsidio de transporte
1990 $41.025, incremento 26.00% + Subsidio de transporte $3.798 ~ Aumento $8.465 [Virgilio Barco Vargas]

1991 $51.720, incremento 26.10% + Subsidio de transporte $4.787 ~ Aumento $10.695 [César Gaviria Trujillo]
1992 $65.190, incremento 26.00% + Subsidio de transporte $6.033 ~ Aumento $13.470 [César Gaviria Trujillo]
1993 $81.510, incremento 25.00% + Subsidio de transporte $7.542 ~ Aumento $16.320 [César Gaviria Trujillo]
1994 $98.700, incremento 21.10% + Subsidio de transporte $8.705 ~ Aumento $17.190 [César Gaviria Trujillo]
1995 $118.934, incremento 20.50% + Subsidio de transporte $10.815 ~ Aumento $20.234 [Ernesto Samper Pizano]
1996 $142.125, incremento 19.50% + Subsidio de transporte $13.567 ~ Aumento $23.191 [Ernesto Samper Pizano]
1997 $172.005, incremento 21.00% + Subsidio de transporte $17.250 ~ Aumento $29.880 [Ernesto Samper Pizano]
1998 $203.825, incremento 18.50% + Subsidio de transporte $20.700 ~ Aumento $31.820 [Ernesto Samper Pizano]
1999 $236.438, incremento 16.00% + Subsidio de transporte $24.012 ~ Aumento $32.613 [Andrés Pastrana Arango]
2000 $260.100, incremento 10.00% + Subsidio de transporte $26.413 ~ Aumento $23.662 [Andrés Pastrana Arango]
2001 $286.000, incremento 9.96% + Subsidio de transporte $30.000 ~ Aumento $25.900 [Andrés Pastrana Arango]
2002 $309.000, incremento 8.04% + Subsidio de transporte $34.000 ~ Aumento $23.000 [Andrés Pastrana Arango]
2003 $332.000, incremento 7.44% + Subsidio de transporte $37.500 ~ Aumento $23.000 [Álvaro Uribe Vélez]
2004 $358.000, incremento 7.83% + Subsidio de transporte $41.600 ~ Aumento $26.000 [Álvaro Uribe Vélez]
2005 $381.500, incremento 6.56% + Subsidio de transporte $44.500 ~ Aumento $23.500 [Álvaro Uribe Vélez]
2006 $408.000, incremento 6.95% + Subsidio de transporte $47.700 ~ Aumento $26.500 [Álvaro Uribe Vélez]
2007 $433.700, incremento 6.29% + Subsidio de transporte $50.800 ~ Aumento $25.700 [Álvaro Uribe Vélez]
2008 $461.500, incremento 6.41% + Subsidio de transporte $55.000 ~ Aumento $27.800 [Álvaro Uribe Vélez]
2009 $496.900, incremento 7.67% + Subsidio de transporte $59.300 ~ Aumento $35.400 [Álvaro Uribe Vélez]
2010 $515.000, incremento 3.71% + Subsidio de transporte $61.500 ~ Aumento $18.100 [Álvaro Uribe Vélez]
2011 $535.600, incremento 3.40% + Subsidio de transporte $63.600 ~ Aumento $20.600 [Juan Manuel Santos Calderón]
2012 $566.700, incremento 5.80% + Subsidio de transporte $67.800 ~ Aumento $31.100 [Juan Manuel Santos Calderón]
2013 $589.500, incremento 4.02% + Subsidio de transporte $70.500 ~ Aumento $22.800 [Juan Manuel Santos Calderón]
2014 $616.027, incremento 4.50% + Subsidio de transporte $72.000 ~ Aumento $26.527 [Juan Manuel Santos Calderón]
2015 $644.350, incremento 4.60% + Subsidio de transporte $74.000 ~ Aumento $28.323 [Juan Manuel Santos Calderón]
2016 $689.455, incremento 7% + Subsidio de transporte $77.700 ~ Aumento $45.105 [Juan Manuel Santos Calderón]
2017 $737.717, incremento 7% + Subsidio de transporte $83.140 ~ Aumento $48.262 [Juan Manuel Santos Calderón]
2018 $781.242, incremento 5.9% + Subsidio de transporte $88.211 ~ Aumento $43.525 [Juan Manuel Santos Calderón]
2019 $828.116, incremento 6% + Subsidio de transporte $97.032 ~ Aumento $46.874 [Iván Duque Márquez]
2020 $877.803, incremento 6% + Subsidio de transporte $102.854 ~ Aumento $49.687 [Iván Duque Márquez]
2021 $908.526, incremento 3.5% + Subsidio de transporte $106.454 ~ Aumento $34.323 [Iván Duque Márquez]

Nota: 
Los incrementos porcentuales y el aumento en pesos se calculan sobre el salario base.

Antecedentes:  

Hasta junio de 1984 el salario era distinto para el sector urbano y el rural.

Desde 1990 se estableció el subsidio de transporte.

El artículo 7 de la ley 01 de 1.963 de forma expresa establece que el auxilio de transporte se debe incorporar al salario para calcular las prestaciones sociales. El auxilio de transporte no se incluye para calcular los aportes parafiscales ni los aportes a seguridad social, pero sí se incluye para calcular las prestaciones sociales.

El auxilio de transporte se otorga a los servidores públicos y trabajadores particulares en Colombia.


Fuentes: Ministerio del Trabajo y Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de Colombia.

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